martes, 25 de julio de 2017

FUERO MATERNAL Y SUS BENEFICIOS

Las mujeres tienen el derecho de fuero maternal, el cual protege los beneficios de la maternidad. Este, consiste en la imposibilidad del empleador de la trabajadora, de despedirla o poner fin a la relación laboral (sin autorización judicial previa), por un periodo que inicia desde la concepción hasta que el niño o niña cumpla un año y 84 días de edad.
Licencia Médica por Patología durante el embarazo: Procede en caso de que la mujer presente una enfermedad causada por el embarazo o que ponga en riesgo a este, su duración estará determinada por el médico que controla a la embarazada.
Permiso Prenatal: 6 semanas (42 días) anteriores a la fecha probable de parto.
Permiso Prenatal Prorrogado o Suplementario: Procede si el parto se produce después de las 6 semanas siguientes a la fecha en que la mujer comience su descanso de maternidad. Se entenderá prorrogado hasta el nacimiento del hijo o hija.
Permiso Postnatal: 12 semanas (84 días) contadas desde el nacimiento del/la hijo/a. El inicio de este deberá comprobarse con el correspondiente certificado de parto.
Si la madre muriera en el parto o durante el permiso postnatal, este será traspasado al padre en todo o parte, pero este no tendrá fuero laboral.
Permiso de Postnatal Parental: Consiste en el derecho a descanso de maternidad, por un período que comienza a continuación del período de postnatal (una vez cumplidas las 12 semanas después del parto), y que puede ejercerse de las siguientes maneras:
De acuerdo a lo señalado por el portal Chile Atiende, se puede optar por una de estas tres modalidades:
  • 24 semanas de descanso completo para las madres (postnatal normal más postnatal parental de 12 semanas a jornada completa), con un subsidio equivalente a la remuneración, con tope de 73,2 Unidades de Fomento (UF) brutas.
  • 12 semanas de descanso completo para las madres y, a continuación, 18 semanas media jornada. En esta segunda etapa se cancelará el 50% del subsidio (con tope de 36,6 UF).
  • 12 semanas de descanso completo para las madres. De las 12 semanas restantes en jornada completa pueden traspasar un máximo de seis semanas a los padres. Si las madres optan por la media jornada para esta segunda etapa, sólo pueden traspasar 12 semanas a los padres en la misma modalidad.



Creado por: Eduardo Martinez. 


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