jueves, 27 de julio de 2017

INTEGRANTES

Este blog esta compuesto por los integrantes:

Cristiana Jaramillo
Victoria Quelopana
Eduardo Martinez
Erick Riveros


martes, 25 de julio de 2017

CLAVES PARA RETENER EL TALENTO HUMANO

Proporcionar un buen clima de trabajo, otorgar capacitación y evitar el estancamiento laboral, son algunas de las recomendaciones que hacen los expertos.

1. Construya una marca. Según los expertos, una de las claves para captar y retener el talento, consiste en construir una “marca” que destaque a la empresa como buena empleadora. Para ello, la compañía debe fundar una cultura organizacional que la diferencie del resto, y alinear su imagen externa con la interna, generando valores comunes y un sólido sentido de pertenencia. 

2. Proporcione un buen clima laboral. A juicio de los especialistas, el ambiente de trabajo es un factor vital y por ende, decisivo a la hora de que los empleados decidan quedarse o abandonar una organización. Esto, porque las personas buscan, cada vez más, un contexto en el que puedan entablar relaciones sociales y a la vez, lograr sus objetivos profesionales. “Hacer sentir a la empresa como un grupo agradable, como una nueva familia, es una necesidad de primer orden”, 

3.Sistemas de incentivos personalizados. Sin duda, un buen estímulo para el empleado es la compensación. Pero, según afirman los expertos, no basta con esta esté acorde a las referencias del mercado. Lo importante, dicen, es que el incentivo sea personalizado, y de acuerdo a las necesidades y preferencias de cada trabajador, ya que no todos tienen las mismas motivaciones. Es importante que se reconozcan sus logros, ya sea en términos de remuneración salarial o bien verbalmente, expresando frases como “en la empresa, estamos orgullosos de que trabaje con nosotros”.

4. Capacite. Los empleados talentosos requieren de constantes retos para progresar. Por ello, las capacitaciones en diversas áreas son las instancias precisas que ellos requieren para sentir que evolucionan y crecen profesionalmente. En ese sentido, afirman los expertos, toda persona que busque mantenerse y crecer dentro de una compañía, deberá contar con capacitación constante para sentir que es un elemento difícil de reponer. “Las organizaciones están pasando a un contrato que pone énfasis en la responsabilidad del empleado de mantener su compromiso, motivación y resultados

Creado por: Cristina Jaramillo 

FUNCIONES DEL ÁREA DEL RECURSO HUMANO



SELECCIÓN: Es aquella acción, que desplegará el departamento de recursos humanos y que consiste en elegir, siguiendo determinados parámetros y condiciones, a las personas más idóneas para ocupar un cargo o un puesto vacante en una empresa.

FORMACIÓN: La formación y el entrenamiento comparten los objetivos de mejorar las capacidades, los conocimientos y las actitudes y aptitudes de las personas elegidas para el puesto.

DESARROLLO PROFESIONAL: El desarrollo profesional es una fase del crecimiento personal que obedece a las necesidades de auto-superación que experimenta cada individuo; asimismo, es el fruto que hace la empresa. 

EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO: La evaluación del desempeño es un proceso sistemático y periódico con el que las personas llevan a cabo las actividades y responsabilidades de los puestos que desarrollan.

COMPENSACIÓN: Es la gratificación que los empleados reciben a cambio de su labor, es el elemento que permite, a la empresa, atraer y retener los recursos humanos que necesita, y al empleado, satisfacer sus necesidades materiales, de seguridad y de ego o estatus”


Creado por: Victoria Quelopana 

DEFINICIÓN DE OTEC

Los Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC) son instituciones acreditadas por el Servicio Nacional de capacitación y Empleo (SENCE) con exclusividad para ejecutar actividades de capacitación imputadas a la Franquicia Tributaria. La normativa de los OTEC está disponible en la página oficial del SENCE y contenida en la Ley 19.518.1
La Franquicia Tributaria es un incentivo tributario para que las empresas contribuyentes de Primera Categoría de la Ley de Renta, deduzcan de sus impuestos, los gastos que efectúan por concepto de capacitación de sus trabajadores(as) en la forma, condiciones y sobre la base de los procedimientos que se describen en la Ley Nº 19.518, sus reglamentos, manuales e instrucciones dictadas por el SENCE sobre el particular
Para acreditar un OTEC es necesario contar con: a)oficina administrativa, b)persona jurídica, c) sistema de gestión de la calidad basado en la Norma Chilena 2728.2003, d) certificación NCh2728, e)contar con la acreditación SENCE.

Creado por: Erick Riveros. 

PARA SU CONOCIMIENTO OTIC ES...


Los OTIC son Organismos Técnicos Intermedios de Capacitación, y se definen como aquellas personas jurídicas, agrupados sectorial o regional mente, reconocidos por SENCE, cuyo Objetivo primordial es dar apoyo técnico a sus empresas adherentes asociadas, las cuales optan libremente a un OTIC según sus propios intereses. Este apoyo es principalmente a través de la promoción, organización y supervisión  de programas de capacitación y de asistencia técnica para el desarrollo de recursos humanos.

Los OTIC no pueden impartir ni ejecutar directamente acciones de capacitación, sino que sirven de nexo entre las empresas afiliadas y los organismos técnicos de capacitación, OTEC.


Creado por: Victoria Quelopana.

FUERO MATERNAL Y SUS BENEFICIOS

Las mujeres tienen el derecho de fuero maternal, el cual protege los beneficios de la maternidad. Este, consiste en la imposibilidad del empleador de la trabajadora, de despedirla o poner fin a la relación laboral (sin autorización judicial previa), por un periodo que inicia desde la concepción hasta que el niño o niña cumpla un año y 84 días de edad.
Licencia Médica por Patología durante el embarazo: Procede en caso de que la mujer presente una enfermedad causada por el embarazo o que ponga en riesgo a este, su duración estará determinada por el médico que controla a la embarazada.
Permiso Prenatal: 6 semanas (42 días) anteriores a la fecha probable de parto.
Permiso Prenatal Prorrogado o Suplementario: Procede si el parto se produce después de las 6 semanas siguientes a la fecha en que la mujer comience su descanso de maternidad. Se entenderá prorrogado hasta el nacimiento del hijo o hija.
Permiso Postnatal: 12 semanas (84 días) contadas desde el nacimiento del/la hijo/a. El inicio de este deberá comprobarse con el correspondiente certificado de parto.
Si la madre muriera en el parto o durante el permiso postnatal, este será traspasado al padre en todo o parte, pero este no tendrá fuero laboral.
Permiso de Postnatal Parental: Consiste en el derecho a descanso de maternidad, por un período que comienza a continuación del período de postnatal (una vez cumplidas las 12 semanas después del parto), y que puede ejercerse de las siguientes maneras:
De acuerdo a lo señalado por el portal Chile Atiende, se puede optar por una de estas tres modalidades:
  • 24 semanas de descanso completo para las madres (postnatal normal más postnatal parental de 12 semanas a jornada completa), con un subsidio equivalente a la remuneración, con tope de 73,2 Unidades de Fomento (UF) brutas.
  • 12 semanas de descanso completo para las madres y, a continuación, 18 semanas media jornada. En esta segunda etapa se cancelará el 50% del subsidio (con tope de 36,6 UF).
  • 12 semanas de descanso completo para las madres. De las 12 semanas restantes en jornada completa pueden traspasar un máximo de seis semanas a los padres. Si las madres optan por la media jornada para esta segunda etapa, sólo pueden traspasar 12 semanas a los padres en la misma modalidad.



Creado por: Eduardo Martinez. 


SEGURO DE CESANTIA (CUANDO Y DONDE COBRARLO)


Es un seguro, a cargo de la Administradora de Fondos de cesantía (AFC), que protege a todos los trabajadores con contrato indefinido, a plazo fijo, o por obra o servicios; esto siempre y cuando sean regidos por el Código del Trabajo, y que éstos hayan sido firmados después del 2 de octubre de 2002.
Entre sus beneficios se cuenta: una suma de dinero, beneficios de salud, Asignación Familiar, becas de capacitación y acceso a la Bolsa Nacional de Empleo (BNE).
Cada trabajador afiliado a la AFC tiene una cuenta individual por cesantía, en la que el empleador debe cotizar mensualmente un porcentaje de la remuneración del empleado. Si este último tiene contrato indefinido, debe hacer un aporte mensual.
Cuando queda cesante, el trabajador podrá retirar el dinero acumulado en esta cuenta mediante giros mensuales según el porcentaje de remuneración; y, de ser necesario, podrá también recurrir al Fondo de Cesantía Solidario, que está conformado con aportes de los empleadores y del Estado.

¿QUE ES LA REMUNERACIÓN?

Una Remuneración es el pago que pueda recibir una persona por un trabajo bien realizado. La remuneración se obtiene como parte de un acuerdo previo en el que una persona que actúa como jefe, cliente, o empleador adquiere, compra o reserva los derechos y deberes de una persona a través de un contrato hablado o escrito para que este cumpla con una serie de tareas o finalice la entrega de un producto. La remuneración viene al final, cuando el trabajo está culminado y quien lo realiza recibe su recompensa o pago.
El Sueldo o Salario es una remuneración en la que un trabajador recibe un pago constante por las acciones o labores que realizó en un intervalo de tiempo determinado y en un lugar en específico señalado en la relación de trabajo. Muchas legislaciones regulan este pago a dos veces por mes, representándolo como un todo fraccionado en dos partes que se pagan el 15 y el último de cada mes, 10 o 25 de cada mes o en la fecha establecida en el contrato o acordada entre las partes. Entre las remuneraciones de este tipo también están incluidos todos los beneficios sociales o establecidos en el reglamento según aplique en los distintos países.

Creado por: Erick Riveros. 

SENCE Y SUS FUNCIONES

El Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, Sence, es un organismo técnico del Estado, funcional mente descentralizado, con personalidad jurídica de derecho público, que se relaciona con el Gobierno a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
El Sence fue creado en 1976, como resultado de la promulgación del Decreto de Ley N° 1446 "Estatuto de Capacitación y Empleo". Actualmente tiene presencia a nivel nacional, con la Dirección Nacional ubicada en Santiago y representación en las 15 capitales regionales a través de las Direcciones Regionales.

Funciones

  • Supervisar el funcionamiento del sistema de capacitación y difundir la información pública relevante para el funcionamiento eficiente de los agentes públicos y privados que actúan en dicho sistema.
  • Estimular las acciones y programas de capacitación que desarrollen las empresas a través de la aplicación del incentivo tributario, y administrar programas sociales de capacitación.
  • Promover y coordinar actividades de orientación ocupacional a las trabajadoras y trabajadores, principalmente a través de las Oficinas Municipales de Información Laboral (OMIL).
  • Fomentar la calidad de los servicios que presentan las instituciones intermedias (OTIC) y ejecutoras de capacitación (OTEC).


Creado por: Eduardo Martinez. 


¿QUE ES UN CONTRATO DE TRABAJO?

El contrato de trabajo es un acuerdo entre un trabajador que se compromete a prestar servicios bajo la subordinación y dependencia de un empleador, a cambio de una remuneración. Sólo puede existir si ambas partes están de acuerdo en las obligaciones y los derechos que dan origen a la relación laboral.
Según el Código del Trabajo, los plazos para que el contrato conste por escrito son:
  • 15 días desde que el trabajador se incorpora a la empresa.
  • Cinco días (cuando se trata de una obra, trabajo o servicio cuya duración es menor a treinta días).
Si el trabajador se niega a firmar el contrato pactado, el empleador debe enviarlo a la Inspección del Trabajo dentro de estos plazos. Si no lo hace se asumirán las condiciones que declare el trabajador.
Si el trabajador también se niega a firmar el contrato ante la institución pública el empleador puede despedirlo, sin derecho a indemnización, a menos que el trabajador pruebe que la contratación se realizó en condiciones distintas a las consignadas en el documento.
Si el empleador no escritura el contrato en los plazos indicados se le aplicará una multa de 1 a 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). Revise los modelos de contrato de trabajo.

Creado por: Victoria Quelopana. 

DIA DE DESCANSO

El domingo (un día) es considerado el día de descanso semanal, el cual comienza a las 21:00 del sábado y termina a las 6:00 del lunes. También se hay trabajos que se toman un día en la semana y dos domingo al mes de descanso. Los casos de fuerza mayor y los trabajadores empleados en las siguientes actividades no están cubiertos por las disposiciones relativas al descanso semanal: 1.Reparaciones de fuerza mayor siempre que la reparación no pueda posponerse; 2.Trabajo en explotaciones que, debido a la naturaleza de los procesos, las razones técnicas, o para evitar perjuicios contra el interés público o la industria , requieren continuidad; 3.Trabajo que, debido a su naturaleza, no se puede llevar a cabo salvo en esa temporada o durante períodos específicos; 4.Trabajos que no pueden ser pospuestos en el interés de la empresa; 5.En buques; 6.En trabajo portuario; 7.En tiendas y servicios que trabajan directamente con el público; 8. los atletas Profesionales.

Creado por: Victoria Quelopana.