martes, 25 de julio de 2017

SEGURO DE CESANTIA (CUANDO Y DONDE COBRARLO)


Es un seguro, a cargo de la Administradora de Fondos de cesantía (AFC), que protege a todos los trabajadores con contrato indefinido, a plazo fijo, o por obra o servicios; esto siempre y cuando sean regidos por el Código del Trabajo, y que éstos hayan sido firmados después del 2 de octubre de 2002.
Entre sus beneficios se cuenta: una suma de dinero, beneficios de salud, Asignación Familiar, becas de capacitación y acceso a la Bolsa Nacional de Empleo (BNE).
Cada trabajador afiliado a la AFC tiene una cuenta individual por cesantía, en la que el empleador debe cotizar mensualmente un porcentaje de la remuneración del empleado. Si este último tiene contrato indefinido, debe hacer un aporte mensual.
Cuando queda cesante, el trabajador podrá retirar el dinero acumulado en esta cuenta mediante giros mensuales según el porcentaje de remuneración; y, de ser necesario, podrá también recurrir al Fondo de Cesantía Solidario, que está conformado con aportes de los empleadores y del Estado.

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